Protección de manos en el entorno laboral

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Protección de manos en el entorno laboral

Category : novedades

Las manos y, en general, el conjunto mano-muñeca-brazo, es una de las partes del cuerpo que más expuesta está a determinados riesgos laborales. De hecho, se necesita de ellas -de las manos- para el desempeño de prácticamente cualquier actividad. Por ello, es bueno recordar la necesidad de protegerlas a través de E.P.P (Elementos de protección personal) seleccionados de una forma profesional en función del sector y el riesgo al que vayan a estar expuestas.

En cuanto a los posibles daños que pueden afectar a las manos de los trabajadores, así como a sus muñecas y brazos, encontramos los efectos y consecuencias de quemaduras térmicas y químicas, abrasiones, cortes, pinchazos, facturas, amputaciones o absorciones dérmicas de sustancias peligrosas, entre otras causas.

Para evitar todo esto es esencial que los trabajadores estén equipados (y asesorados en cuanto al uso de los EPP que deberán llevar en función de su trabajo) a través de guantes, guantes parciales, mitones, manguitos… Cada uno de estos equipos de protección individual deberá seleccionarse y proporcionarse por parte de la empresa correspondiente en función del riesgo específico al que el usuario se vaya a exponer. Así mismo, los guantes (en función de todos estos factores) pueden fabricarse con una amplia variedad de materiales: textiles y textiles recubiertos, cueros, lonas, gomas aislantes, entramados metálicos, etc. Sea cual sea el material con el que se confeccionen y, al margen de la función a la que se destinen, es esencial que siempre se ajusten y adapten debidamente al usuario, debiendo ser desechados, siempre, aquellos que no ofrezcan un ajuste óptimo.

nota 2016-04-02

 

A la hora de fomentar el control y la vigilancia en este tipo de EPP es importante prestar atención siempre a si presenta certificación , como así también su Tipo/Modelo y marca para registrar en la planilla de constancia de entrega de ropa de trabajo y elementos de protección personal establecida en la Resolución SRT N° 299/11.

Los elementos de protección personal suministrados por los empleadores deberán contar, en los casos que sea obligatorio, (cascos, calzado, guantes y protección ocular), con ¨SELLO  S¨ grabado o aplicado en forma indeleble junto al del organismo certificador que haya sido reconocido para la emisión de certificaciones de producto.

Este símbolo de protección, implicará un nivel u otro de prestaciones y este nivel se define al final una categoría particular mediante el cual pueden graduarse y valorarse los resultados de los ensayos a los que el guante en cuestión haya sido sometido.

Las actividades laborales pueden, por lo tanto, enfrentarnos a muy diversos riesgos de índole mecánico, térmico o químico. Estos factores de riesgo han sido ya medidos y evaluados por los distintos fabricantes estando en disposición de presentar alternativas y soluciones concretas para cada uno de ellos.


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